Paciente accidentado en moto acusa falta de atención médica en hospitales IMSS de Tulancingo y de la CDMX

02 de Enero del 2025

Paciente accidentado en moto acusa falta de atención médica en hospitales IMSS de Tulancingo y de la CDMX

PACHUCA. – Días previos al año nuevo, un individuo se accidentó y acusó falta de atención médica porque el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Tulancingo se negó a trasladarlo a la Ciudad de México, a pesar de que le habían mencionado que debía estar en terapia intensiva.

A su vez, el nosocomio de especialidades el Hospital de Traumatología y Ortopedia “Dr. Victorio de la Fuente Narváez”, que también pertenece al IMSS y se ubica en la CDMX, omitió recibirlo, por lo que el quejoso promovió una demanda de amparo.

De acuerdo con el expediente 1/2025 radicado en el Juzgado Segundo de Distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF) en Hidalgo, el quejoso sufrió un accidente en motocicleta desde el 29 de diciembre de 2024 y tras el incidente fue trasladado a una clínica de Ciudad Sahagún.

Después lo enviaron a Pachuca para realizarle una tomografía por la gravedad de las lesiones internas que presentaba, pero este nosocomio lo trasladaron hacia el IMSS Tulancingo, lugar donde los médicos le indicaron que era importante que se fuera al hospital de especialidades localizado en la Ciudad de México.

Una vez que llegó al nosocomio en mención, lo regresaron nuevamente al IMSS de Tulancingo y por ello el paciente en su demanda de amparo reclamó que los hospitales le negaron los servicios médicos y de traslado, a pesar de que los profesionales de la salud ya le habían advertido desde el día del accidente que era “impetrante estar en terapia intensiva”.

Al respecto, la autoridad federal puntualizó que los actos reclamados podrían vulnerar el derecho a la salud que tiene el paciente, e incluso, de acuerdo con lo narrado, “poner en riesgo la vida”, por lo que el juzgador federal otorgó la suspensión de plano en términos del artículo 126 de la Ley de Amparo, que indica la necesidad de tutelar derechos fundamentales.

La resolución es para el efecto de que las autoridades responsables trasladen al paciente al hospital de la Ciudad de México y para que el personal de los dos hospitales responsables procure -en medida de lo posible- que la atención médica se realice con facilidad y accesibilidad administrativa.

A su vez, las autoridades del IMSS señaladas deberán enviar un informe en el que relaten si al paciente se le negó la atención médica, como se indicó en la demanda de amparo.

De igual manera tendrán que emitir un dictamen clínico detallado para notificar al PJF el estado de salud del quejoso, los estudios que requirió, así como el tratamiento. En caso de no hacerlo, las autoridades señaladas serán acreedoras a una multa.




Redacción
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Categorías: Jurídica

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