Contempla nueva carrera judicial 11 categorías

03 de Enero del 2025

Contempla nueva carrera judicial 11 categorías

La Ley de Carrera Judicial emitida este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el Congreso de la Unión considera 11 categorías y concursos de oposición para ocuparlos o ser promovidos.

El cargo base es el de oficial judicial y le sigue el de actuario del Poder Judicial de la Federación, menciona el documento.

Le siguen tres categorías con cargos de igual rango: secretario de Juzgado de Distrito; asistente de Constancias y Registro de juez de Control o juez de Enjuiciamiento, así como secretario Instructor, de Constancias, de Audiencias, de Acuerdos, de Diligencias y de Instrucción de los Juzgados Laborales; también secretario proyectista de Juzgado de Distrito.

Sobre éstos hay tres categorías superiores de igual rango: secretario de Tribunal de Circuito, secretario de Estudio y Cuenta, así como instructor de las Salas Regionales del Tribunal Electoral; asistente de Constancias y Registro de Tribunal de Alzada; finalmente secretario proyectista de Tribunal de Circuito.

Otras tres son los más altas del sistema:

I.- Para encabezar las secretarías generales de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) o del Tribunal de Disciplina Judicial.

II.- Para presidir las subsecretarías generales de Acuerdos de la SCJN, de la Sala Superior del TEPJF o del Tribunal de Disciplina.

III.- Para estar al frente de la Secretaría de Estudio y Cuenta de Ministra o Ministro; para ser secretario de Estudio y Cuenta e instructor de la Sala Superior del TEPJF; para ser secretario proyectista e instructor del órgano disciplinario.

CONCURSOS DE OPOSICIÓN

Las etapas de la Carrera Judicial comprenden el ingreso, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación en el cargo del personal de Carrera Judicial, con excepción de aquellos de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral.

Únicamente los oficiales judiciales podrán participar en los concursos de oposición para ser actuarios.

Oficiales y actuarios podrán participar en las convocatorias para ser promovidos a secretarios de Juzgado o asistentes de Constancias y Registro. Para ser juzgador de Control o de Enjuiciamiento. También por una vacante como secretario Instructor, de Constancias, de Audiencias, de Acuerdos, de Diligencias y de Instrucción de los Juzgados Laborales.

Oficiales judiciales, actuarios, secretarios de Juzgado, asistentes de Constancias y Registro de juez de Control o de Enjuiciamiento, así como secretarios proyectistas de Juzgado de Distrito podrán postularse para ser secretario de tribunal, asistente de Constancias y Registro de Tribunal de Alzada y scretario Proyectista e Instructor del Tribunal de Disciplina Judicial.

PUESTOS DE CONFIANZA

Cuando la vacante a cubrir corresponda a las categorías de secretario Proyectista de Tribunal de Circuito o Juzgado de Distrito, al ser un puesto considerado como de confianza, la designación y remoción de los mismos será libre, pero el nombramiento quedará sujeto a la condición de que la persona acredite dentro de los tres meses siguientes, el examen de la Escuela Nacional de Formación Judicial.

El documento establece los requisitos específicos de la Carrera Judicial en la Suprema Corte, Tribunales de Circuito, Tribunal de Disciplina Judicial y Juzgados de Distrito, por ejemplo ”res años de experiencia profesional y no haber sido condenados por delito que amerite privación de la libertad por más de un año.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 




Oliver García
Comparte esto:

Categorías: Jurídica

Tags: Ley de Carrera Judicial, DOF, Congreso de la Unión,