05 de Abril del 2025
La magistrada Claudia Valle Aguilasocho fue la única de los 15 aspirantes que fue postulada por los tres poderes a una de las dos vacantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Es integrante de la Sala Regional Monterrey, órgano que confirmó la nulidad de elecciones de Zacatecas capital, que fue ganada por el PAN en 2024.
El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) anuló el triunfo del candidato de Fuerza y Corazón por Zacatecas, entre otros agravios, por una serie de entrevistas emitidas en una emisora de radio (TRIJEZ-JNE-011/2024).
El asunto llegó a la Sala Monterrey, donde la magistrada provisional Elena Ponce Aguilar expuso que no se comprobó la existencia de contratos de adquisiciones o compras de tiempos.
En su postura, Valle Aguilasocho externó que no se respetó el modelo de comunicación política, establecido en la ley de Zacatecas, y fueron detectados mensajes de propaganda electoral (SM-JDC-609/2024).
El magistrado Ernesto Camacho Ochoa señaló que la ley sanciona "el resultado", es decir, la difusión de tiempo en medios electrónicos distinto al otorgado por el Instituto Nacional Electoral (INE), sin que sean necesarios contratos o convenios de palabra.
SOBRERREPRESENTACIÓN Y REPARACIÓN DEL DAÑO
En su comparecencia ante el Comité de Evaluación del Poder Legislativo la aspirante fue cuestionada sobre la decisión de la Sala Superior de desestimar los recursos contra la integración de la LXV Legislatura federal, en la que la oposición argumentó la sobrerrepresentación de la coalición de Morena y aliados.
Según la magistrada, las reglas en la ley para la distribución de plurinominales datan de 1996 y modificarlas en la etapa de resultados viola el principio de certeza.
En otro tema, Valle Aguilasocho sostuvo que es necesario solicitar pruebas para acreditar la autoadscripción calificada indígena sólo cuando está controvertida. Se pronunció por dar seguimiento a la reparación integral de los derechos.
En la entrevista del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo señaló que la irreparabilidad de los actos ocurre cuado se llega la fecha para asumir el cargo del aspìrante. Esternó que debe darse mínima intervención del Estado a la forma de elección de los gobiernos indigenas
A la luz de las reglas establecidas en cada proceso, dijo que se debe observar el principio de paridad de género en un primer momento en los partidos y de manera conjunta en una coalición.
En el Poder Judicial no se realizaron entrevistas, tras la renuncia de los integrantes del Comité de Evaluación y de que la Sala Superior del TEPJF ordenara que el procedimiento siguiera con la etapa subsecuente, la de insaculación a cargo de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, órgano encargado de entregar las listas de candidatos al INE.