10 de Abril del 2025
La Declaración Anual 2024 para personas físicas inició con una cifra histórica: en el primer día se registró la presentación de más de un millón de declaraciones. Así lo informaron Erika Morales, administradora desconcentrada de Recaudación en Hidalgo y Yolotzin Yazmín Solís Hernández, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente en la misma entidad.
De acuerdo con Erika Morales, durante abril se espera recibir al menos 11 mil 700 declaraciones de personas físicas en Hidalgo, lo que representaría un incremento de aproximadamente 15 por ciento en comparación con el año anterior. Esto refleja un alto cumplimiento por parte de los contribuyentes desde el primer día.
La funcionaria destacó que en Hidalgo el número de declaraciones de personas físicas supera al de personas morales. “En el régimen de asalariados, se esperan 11 mil declaraciones. En mi cartera tengo registradas cerca de un mil 100 empresas, mientras que las personas físicas superan las 11 mil”, indicó.
También señaló un crecimiento en el número de contribuyentes que se incorporan al Régimen Simplificado de Confianza, a pesar de los altos niveles de informalidad en la entidad.
¿Cómo presentar la Declaración Anual?
Durante el mes de abril se lleva a cabo la campaña para la presentación de la Declaración Anual. En Hidalgo, este proceso, tanto para personas físicas como morales, ha sido simplificado.
Morales Avilés explicó que entre las mejoras del sistema se encuentran nuevos formatos y campos para facilitar el cumplimiento. Por ejemplo:
- En el Régimen Simplificado de Confianza se habilitaron campos para declarar ingresos, devoluciones, bonificaciones o impuestos retenidos durante el ejercicio fiscal.
- También se habilitó un apartado para acreditar pagos realizados bajo otros regímenes, como actividad empresarial, profesional o arrendamiento.
- En el régimen de arrendamiento ahora se pueden registrar los impuestos retenidos por fideicomisos de inversión en bienes raíces.
- En el apartado de nómina se pueden capturar sueldos, salarios asimilados y participaciones de utilidades.
- En el rubro de pagos, se pueden registrar pagos realizados anteriormente, incluyendo la primera parcialidad si se opta por pagar en seis meses.
Morales recordó que es posible registrar todos los pagos hechos anteriormente, siempre que se cuente con el folio, monto y fecha de pago correspondiente.
Opciones de pago y requisitos
Para presentar la declaración es necesario contar con la e.firma (FIEL) o contraseña. En caso de resultar con impuesto a cargo, se puede optar por pagarlo en seis mensualidades. No obstante, es obligatorio presentar la declaración y realizar al menos el primer pago antes del 30 de abril. No hacerlo implica incumplimiento y la pérdida del beneficio de parcialidades.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Deben presentar declaración anual las personas que:
1. Tributen en el régimen de servicios profesionales.
2. Obtengan ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles.
3. Hayan tenido enajenación o adquisición de bienes.
4. Obtengan intereses, dividendos o ingresos por plataformas digitales.
5. Tributen en el régimen de actividad empresarial o de incorporación fiscal.
6. Reciban sueldos y salarios de más de un empleador.
7. Hayan dejado de trabajar antes del 31 de diciembre del año anterior.
8. Obtengan ingresos mayores a 400 mil pesos anuales.
9. Sean jubilados o pensionados y superen el límite exento del artículo 93 de la Ley del ISR.
10. Generen ingresos en el extranjero o de personas morales que no hayan retenido el impuesto correspondiente.
Facilidades y devoluciones
No es necesario agendar cita para presentar la declaración. Basta con acudir directamente a las oficinas del SAT, donde el personal brindará apoyo.
En caso de saldo a favor, la autoridad tiene hasta 40 días para realizar la devolución. Es importante destacar que muchas personas no identifican que tienen dos patrones; por ejemplo, quienes trabajan para la SEP y también reciben pagos del Instituto Hidalguense de Educación.
También se aclara que la declaración anual es distinta a la declaración patrimonial, aunque suelen confundirse.
Sanciones por incumplimiento
Quienes no presenten la declaración en tiempo y forma recibirán un requerimiento de la autoridad fiscal. Las multas pueden oscilar entre un mil 500 y hasta 18 mil pesos, conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación.
A nivel estatal, se estima una recaudación pendiente de aproximadamente un mil 200 millones de pesos entre personas físicas y morales.
Cabe señalar que la primera parcialidad no genera intereses, ya que se paga al momento de la declaración. Las cinco siguientes incluirán un cargo por financiamiento, que ronda el 1.26 por ciento.
Para conocer las deducciones autorizadas según el régimen en que se tribute, se puede consultar el minisitio de declaraciones del SAT, donde la información se presenta de forma clara y accesible.