Aseguradora alteró documento para evadir el pago a favor de una beneficiaria

04 de Junio del 2025

Aseguradora alteró documento para evadir el pago a favor de una beneficiaria

PACHUCA. - La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó un caso en el que un hombre compró una casa mediante un crédito hipotecario y contrató un seguro de vida y su esposa fue su coacreditada.

El comprador perdió la vida y tras la muerte su esposa demandó a la aseguradora el cumplimiento del contrato y el pago del saldo insoluto del crédito.

Sin embargo, la aseguradora reclamó la nulidad del contrato de seguro argumentando que antes de la adquisición, se ocultó que el comprador vivía con Virus de Inmunodeficiencia Humana  (VIH).

Un juez mercantil condenó a la aseguradora a pagar el saldo pendiente del crédito, pero la absolvió del pago de costas, es decir, de los gastos realizados en el juicio.

Inconforme, la esposa promovió un juicio de amparo en el que afirmó que sí procedía el pago de costas en su favor, pero el Tribunal Colegiado le negó la protección por considerar que no existió actuación de o mala fe por parte de la aseguradora.

En desacuerdo, la mujer interpuso un recurso de revisión y así fue como el asunto llegó a la SCJN. En su fallo, la Primera Sala estableció que existió una actuación de mala fe de la aseguradora, ya que con el propósito de evadir el cumplimiento de sus obligaciones presentó como prueba un documento alterado, que no había sido llenado por los asegurados sino confeccionado por la propia aseguradora.

Lo anterior, con la intención de demostrar que los asegurados habían omitido informar que uno de ellos tenía VIH. En consecuencia, la Sala revocó la resolución impugnada y devolvió el asunto al Tribunal Colegiado para que analice nuevamente la sentencia emitida por el juzgado mercantil en torno a la condena de costas de la aseguradora.




Plétora Lex
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