Juicios sucesorios intestamentarios

09 de Julio del 2025

Juicios sucesorios intestamentarios

La noticia de la muerte de Don Roberto cayó como un balde de agua fría sobre la familia García. Era un hombre reservado, de pocas palabras, pero su presencia había sido un pilar en sus vidas. Lo que no sabían era que su partida desencadenaría un proceso legal que pondría a prueba los lazos familiares: un juicio sucesorio intestamentario.

Don Roberto, a sus 80 años, nunca se había preocupado por hacer un testamento. Dejó una casa en el centro de Pachuca, una pequeña parcela de tierra en Real del Monte y una cuenta bancaria con algunos ahorros.

Los hijos, Ana y Luis, se vieron en la necesidad de iniciar el proceso. Ana, la mayor, siempre había sido la encargada de cuidar a su padre y de llevar las cuentas del hogar. Luis, el menor, vivía en Ciudad de México y tenía una relación más distante con Don Roberto, aunque siempre lo visitaba en las fechas importantes.

Cuando el tema del testamento se planteó sobre la mesa, ambos hermanos acordaron que la albacea o bien la encargada de cumplir con la última voluntad de su padre seria Ana, por su cercanía y conocimiento de los asuntos de su padre. Contrataron al licenciado Morales, conocido de la familia, quien les explicó que el proceso sería más largo y costoso que si existiera un testamento, pero que era la única forma legal de repartir los bienes.

La primera sorpresa llegó cuando un primo lejano de Don Roberto, al que no veían hace años, apareció reclamando una parte de la herencia pues según Don Roberto le había prometido que le dejaría la parcela de Real del Monte. El Licenciado Morales rápidamente actuó y dejó claro que de acuerdo a la ley los únicos herederos eran los hijos pues la esposa de Don Roberto y madre de sus hijos había partido hacía ya algunos años además de que las promesas verbales no tienen validez legal en estos casos.

El proceso legal inició y surgieron las primeras tensiones entre Ana y Luis, ya que Ana insistía en que los muebles de la casa tenían un valor sentimental incalculable y que debían permanecer, mientras que Luis, argumentaba que algunos objetos eran valiosos y pedía lo que le correspondía pues reclamaba una repartición equitativa. El Licenciado Morales tuvo que intervenir, explicando que el avalúo era un requisito legal para determinar el valor total de la herencia y que si bien el valor sentimental era importante, no podía influir en la valoración fiscal de los bienes.

La cuenta bancaria también fue motivo de discusión. Ana había estado administrando los gastos de su padre y, en ocasiones, había retirado dinero para cubrir necesidades médicas urgentes. Luis, desconfiado, pidió una rendición de cuentas detallada de todos los movimientos. Aunque Ana pudo justificar cada gasto con facturas y recibos, el episodio dejó una herida abierta en su relación.

Finalmente, tras meses de trámites, Ana y Luis fueron oficialmente reconocidos como los únicos herederos de Don Roberto por lo que la casa de Pachuca se les otorgó en copropiedad, mientras que la parcela de Real del Monte y el dinero en el banco se dividieron equitativamente. Aunque el proceso legal había llegado a su fin, las fricciones entre Ana y Luis persistieron. El juicio, si bien les dio la certeza legal sobre la herencia, también les mostró lo frágiles que pueden ser los lazos familiares cuando el dinero y los bienes materiales entran en juego. 

Sin duda la muerte de un ser querido es un momento doloroso y, a menudo, complicado. Pero cuando a ese dolor se le suma la incertidumbre sobre el destino de los bienes del fallecido, la situación puede transformarse en un verdadero laberinto legal y familiar. Nos referimos a los juicios sucesorios intestamentarios, un proceso al que se enfrentan las familias cuando una persona fallece sin haber dejado un testamento.

El Notario Público número uno de Pachuca de Soto, Alberto Arriaga Ramírez, nos brinda su perspectiva sobre esta problemática, enfatizando la importancia de la previsión y la correcta información.

¿Qué son los Juicios Sucesorios Intestamentarios?

El Notario Arriaga Ramírez explica que un testamento es la "libre disposición de los bienes a efecto de cuando ocurra mi fallecimiento yo señalarlo". En otras palabras, es el documento legal donde una persona expresa su voluntad sobre cómo deben distribuirse sus bienes y derechos después de su muerte.

Cuando esta voluntad no es expresada mediante un testamento, ya sea por olvido, desconocimiento o cualquier otra razón, se inicia un juicio sucesorio intestamentario (también conocido como sucesión legítima). Este proceso legal es tramitado por un abogado ante un juez para que sea la ley quien determine quiénes son los herederos y cómo se repartirán los bienes.

Los Problemas de no Hacer un Testamento: Sembrar Conflictos en la Familia

El Notario Arriaga subraya que la principal consecuencia de no dejar un testamento es la generación de conflictos familiares y la división entre los herederos. "Cuando no hay disposición expresa", señala, "tenemos que tener esa concordancia entre el número de hijos que hayan tenido". Si bien la ley establece un orden claro de sucesión (descendientes, cónyuge, ascendientes, etc.), este orden no siempre coincide con lo que el difunto hubiera deseado, ni con las expectativas de los familiares.

Entre los problemas más comunes, el notario destaca:

  • Discrepancias y divisiones: La falta de una voluntad expresa lleva a discusiones sobre la repartición de bienes, creando divisiones en la familia.

  • Cargas económicas inesperadas: El proceso legal de un juicio intestamentario genera costos que los familiares deben asumir. "Muchas veces no todos tienen esa disposición económica para pagar ese primer procedimiento", comenta Arriaga. Estos gastos incluyen honorarios de abogados, peritajes, publicaciones y pagos de impuestos.

  • Mantenimiento de los bienes: Mientras el juicio se desarrolla, alguien debe hacerse cargo de las obligaciones de los bienes, como el pago de predial, agua y luz. Si no hay acuerdo o recursos, los bienes pueden deteriorarse o generar más deudas.

  • Procesos largos y engorrosos: Los juicios intestamentarios en la vía judicial pueden tardar "entre un año, un año y dos meses" o incluso más, lo que inmoviliza los bienes y genera incertidumbre.

  • Desinformación: La falta de conocimiento y la información errónea contribuyen a las discrepancias y dificultan la resolución de los problemas.

 

El Proceso Legal: Judicial vs. Extrajudicial

El Notario Arriaga explica que actualmente existen dos vías principales para tramitar una sucesión:

  • Vía Judicial (Juzgado):

Obligatoria si no hay testamento: Si no hay testamento, el proceso siempre debe iniciarse ante un juez de lo familiar. En Pachuca, los interesados pueden dirigirse a los Juzgados Familiares Tercero y Cuarto, ubicados en Carretera México-Pachuca Km 84.5 Sector primario.

Proceso: Se presenta un escrito inicial para generar la transmisión de los bienes y en el que se informa y se acredita que falleció el familiar testador y comprobar el vínculo familiar con el fallecido. Además se adjuntan documentos como actas de nacimiento, matrimonio, y títulos de propiedad para dar fe a los parentescos y las propiedades con las que se cuenta. 

Duración: Es la vía más tardada, "más o menos se está llevando entre un año, un año y dos meses" debido a la carga de trabajo de los juzgados.

Etapas: Consta de cuatro etapas:

Denuncia de sucesión: Se presentan los documentos del fallecido. El juzgado investiga si existe testamento.

Inventario: Se listan y evalúan los bienes del fallecido.

Administración: El albacea se asegura de que los bienes estén al corriente en sus pagos.

Partición: Se realiza la repartición de los bienes entre los herederos.

 

  • Vía Extrajudicial (Notario Público):

Solo con testamento: En Hidalgo, esta vía solo es posible si existe un testamento válido. En otros estados, como la Ciudad de México y el Estado de México, se permite iniciarla sin testamento, pero Hidalgo ha mantenido "candados" por buenas razones, aunque esto podría cambiar con las reformas del Código Civil y Familiar a nivel nacional en 2027.

Ventajas: Es un proceso "más corto el tiempo y más económico". Permite agilizar el trámite sin depender de la agenda de los juzgados.

Respeto a la voluntad del testador: Se respeta la voluntad expresa del fallecido, simplificando la distribución de los bienes.

La Importancia de no Retrasar el Proceso

El Notario Arriaga enfatiza que, aunque exista un testamento, no es suficiente. Una vez que la persona fallece, es crucial iniciar el juicio sucesorio lo antes posible. "No por obra de magia el testamento surge efectos", recalcó. Existe la costumbre de esperar por respeto al difunto, pero esto es un desconocimiento que acarrea mayores costos y complicaciones, ya que el valor de los bienes aumenta con el tiempo, incrementando también los impuestos.

Además, el notario aconseja la comunicación familiar: informar a los herederos sobre la existencia del testamento y dónde se encuentra guardado. Esto evita "alargar el procedimiento por falta de comunicación con la familia", pues de lo contrario, podrían iniciar un juicio intestamentario y descubrir la existencia del testamento más adelante, volviendo el proceso más tedioso y costoso.

¿Problemas Aún con Testamento? Sí, los Desacuerdos Persisten

Incluso con un testamento, pueden surgir problemas. El Notario Arriaga señala que las dificultades suelen presentarse entre los herederos por la falta de disposición de tiempo o, más comúnmente, por la capacidad económica para cubrir los costos del juicio sucesorio y las cargas fiscales.

Si un heredero no puede o no quiere aportar su parte de los gastos, puede arrastrar a los demás y entorpecer la adjudicación de los bienes. "Si no vamos todos de la mano, pues prácticamente generamos esos problemas que hoy en día, si no se resuelven entre dos, pues al rato vienen mis descendientes que ya son más y pues menos se van resolviendo".

Las Condiciones en un Testamento: Cuidado con las Intenciones

Finalmente, el notario aclara que, aunque algunas personas intenten establecer condiciones en sus testamentos (ej. "te heredo mi casa si terminas la carrera"), jurídicamente estas condiciones no suelen ser válidas en la transmisión de bienes. La finalidad del testamento es la transferencia de la propiedad de forma incondicional.

Lo que sí se puede hacer es establecer derechos reales como el usufructo, que permite proteger a un beneficiario (ej. un hermano con discapacidad) al otorgarle el derecho a usar y disfrutar de una propiedad, incluso si el titular es otra persona. "Se establece un usufructo... si genera frutos esa propiedad, pues obviamente los frutos no son para el titular, sino para esa persona a la que se le constituyó ese usufructo".

Finalmente, el Notario Alberto Arriaga Ramírez invitó a la población a realizar su testamento y a aprovechar el Mes del Testamento para hacerlo de forma más económica y ágil. 

Destacó que la asesoría en las notarías es gratuita, para informarse y evitar los complejos y costosos problemas que surgen al no prever el destino de los bienes. Un testamento no solo es un acto legal, sino un acto de responsabilidad y amor para proteger el patrimonio y la armonía familiar.




Laura Rivera
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Categorías: Notarios

Tags: Testamento, Hidalgo, Intestamentario, Proceso legal, Notario Alberto Arriaga Ramírez