Empresas podrían ser responsables penalmente por delitos ambientales, fraudes y otros ilícitos

09 de Julio del 2025

Empresas podrían ser responsables penalmente por delitos ambientales, fraudes y otros ilícitos

La legisladora Hilda Miranda propuso una iniciativa para establecer en el Código Penal estatal un régimen normativo que reconozca la responsabilidad penal autónoma de las personas jurídicas.

Miranda explicó que la evolución del derecho penal contemporáneo ha incorporado nuevas visiones sobre las atribuciones y responsabilidades de los sujetos distintos a las personas físicas y que, esta transformación responde a una realidad jurídica y social, ante diversas conductas delictivas perpetradas desde estructuras de personas jurídicas, lo que genera una disminución en la salvaguarda de los bienes jurídicos tutelados fundamentales, como el medio ambiente, la salud, la seguridad laboral, el patrimonio público. Por ello, el reconocimiento de la responsabilidad penal jurídica se presenta como una necesidad ineludible para el país y sus entidades federativas.

Dijo que, en Hidalgo, no existe una actualización para sancionar a personas jurídicas o morales que incurren en prácticas delictivas; por ello, la iniciativa tiene como objetivo armonizar la legislación penal con el marco normativo nacional e internacional.

Expresó que es necesario corregir estos vacíos jurídicos que obstaculizan la persecución penal de los actos graves cometidos a través de personas morales. “Es necesario un régimen que reconozca la responsabilidad penal autónoma de las personas jurídicas y un catálogo de delitos aplicables, donde se definan los supuestos de imputación y las sanciones correspondientes”.

De acuerdo con la diputada, la iniciativa se basa en los principios de:
•    Legalidad, al establecer con claridad los delitos imputables, los supuestos de imputación y las sanciones;
•    Igualdad, revocando la impunidad de los entes colectivos frente a las responsabilidades individuales;
•    Debido proceso, porque garantiza el derecho de defensa ante la presunción de inocencia y la proporcionalidad;
•    Pro persona, porque protege de manera reforzada a las víctimas de delitos empresariales;
   Debida diligencia, porque el Estado debe sancionar eficazmente las violaciones estructurales empresariales.

De tal modo, la modificación quedaría de la siguiente manera:


Las personas jurídicas serán plenamente responsables de los delitos cometidos en su nombre, por su cuenta o en beneficio de las mismas, cuando dichas conductas hayan sido perpetradas por los representantes legales, administradores o personas bajo su autoridad y se demuestre la falta del debido control organizacional. Quedarán exceptuadas de responsabilidad las instituciones gubernamentales, sin importar su situación dentro de la administración pública.

Delitos aplicables a las personas jurídicas: delitos contra el medio ambiente, administración pública, cohecho, peculado, fraude, delitos contra la salud, lesiones y homicidios culposos derivados de actividades empresariales, delitos laborales y trata de personas.

Otros previstos: constituirán causas de atenuación o exclusión de responsabilidad penal la existencia previa de programas de cumplimiento normativo eficaces, la colaboración activa en la investigación del delito y la reparación integral del daño.

Sanciones: multas económicas proporcionales a la gravedad del hecho, clausura temporal de establecimientos, inhabilitación temporal para contratar con entes públicos y disolución de la persona jurídica en casos graves.




Diego Sosa Tang
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Categorías: Jurídica

Tags: Hilda Miranda, Congreso de Hidalgo, Código Penal de Hidalgo, Personas jurídicas