28 de Agosto del 2025
Raúl Pérez Johnston, en una conferencia impartida por la Universidad Iberomexicana, explicó que, en lo que respecta a la reforma constitucional que “prohíbe” la tauromaquia, esta no puede ser aplicable directamente en los estados; sin embargo, sí puede ser regulada.
Pérez Johnston, abogado defensor de la tauromaquia, detalló que las corridas de toros radican en la esencia de la atemperación: el arte de transformar la fuerza y violencia natural del animal en una expresión artística. Subrayó que una corrida de toros sin violencia es un espectáculo que no puede existir.
Puso como ejemplo el caso de la Plaza México, donde actualmente se han suspendido las corridas tras la aprobación de la reforma constitucional. Elementos como la pica del toro —que permite atemperar su carácter— son indispensables para un espectáculo taurino.
De igual manera, enfatizó que esta ley puede desconocer la tradición cultural y artística de las corridas de toros, una práctica que se ha realizado por más de 500 años. Por ello, señaló que el Congreso ya ha incumplido con su obligación de expedir una Ley General en Materia de Bienestar Animal que considere la naturaleza y características específicas de los animales.
Finalmente, aseguró que los estados solo están facultados para regular la actividad, con posibilidad de modificar aspectos como las puyas, las banderillas, el número de intentos para matar al toro, o bien, reducir la cantidad de sangre derramada, tal como ocurrió con la introducción de los petos para los caballos. Sin embargo, aclaró que no deben alterarse los elementos esenciales de la lidia.
Corrida de Toros en Hidalgo
Durante su ponencia, Pérez Johnston argumentó que esta actividad ha trascendido en la cultura hidalguense. Tan solo en Hidalgo existen 14 mil hectáreas de pastizales, 8 mil toros de lidia, 60 espacios dedicados a la tauromaquia y 40 ganaderías taurinas.
Aseguró que no se trata de una tradición exclusivamente española, sino también mexicana, ya que ha sido adoptada tanto a nivel nacional como estatal.
Agregó que la crianza del toro bravo ofrece una mayor probabilidad de reproducción que la de un toro destinado al sacrificio, lo cual contribuye a la sustentabilidad de la raza, a diferencia de la caza deportiva. Señaló que se trata de un animal semi-independiente, y que de cada 100 toros, solo siete son sacrificados. Esos siete permiten la sustentabilidad de los otros 93, que no pisarán una plaza.
Finalmente, dijo que el debate no debería centrarse únicamente en la fiesta brava, ya que existen también prácticas como la caza deportiva y la cacería de los mismos animales.