Proponen tipificar delitos de violación a la intimidad sexual por internet en Hidalgo

11 de Noviembre del 2025

Proponen tipificar delitos de violación a la intimidad sexual por internet en Hidalgo

El diputado Marco Mendoza Bustamante presentó una iniciativa para adicionar diversos artículos al Código Penal del Estado de Hidalgo, con el objetivo de sancionar la violación a la intimidad sexual cometida mediante internet o cualquier otra tecnología de la información y comunicación.

El legislador explicó que la propuesta busca tipificar como delito las conductas en las que una persona, a través de medios digitales, contacte a menores de dieciocho años con el propósito de concertar encuentros con fines sexuales o les solicite favores de índole sexual. La iniciativa contempla que el delito se considere agravado cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.

Asimismo, se pretende sancionar los actos dirigidos a obtener material pornográfico de menores o mostrarles imágenes de contenido sexual explícito.

Mendoza Bustamante advirtió que las principales víctimas de este tipo de conductas suelen ser niños, niñas y adolescentes con baja autoestima, inseguridad o carencias afectivas, lo que los hace más vulnerables a la manipulación en línea. Añadió que la falta de educación digital, la escasa información sobre ciberseguridad y privacidad, y el uso descuidado de herramientas como la geolocalización o los perfiles públicos incrementan los riesgos.

“El internet ofrece un entorno en el que los depredadores sexuales pueden actuar con mayor facilidad y con un menor riesgo de ser identificados”, expresó el diputado.

El legislador subrayó que esta propuesta responde a la necesidad de proteger a las víctimas de explotación y abuso sexual, en especial a los menores de edad, y de salvaguardar su intimidad y dignidad frente a los delitos cometidos en entornos digitales.

La iniciativa plantea penas de tres a seis años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA para quienes cometan estas conductas, sin perjuicio de otras sanciones aplicables por los delitos que pudieran concurrir. En los casos en que el acercamiento se logre mediante coacción, intimidación o engaño, las penas se aumentarían hasta en una tercera parte.




Diego Sosa Tang
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Categorías: Jurídica

Tags: Código Penal de Hidalgo, Congreso de Hidalgo, Violencia digital