16 de Marzo del 2026
La mujer de origen otomí vive en un estado profundo de infelicidad y llanto constante. Su bebé falleció dentro de su vientre y después tuvo que abandonar el hospital, recuerda, con los brazos vacíos, debido a la violencia obstétrica que padeció por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de la Secretaría de Salud del estado, en Ixmiquilpan, hace tres años.
Recuerda cuando llegó a su casa y observó la ropa y objetos que había comprado para su bebé que nunca usará por las irregularidades en el proceso médico en que incurrieron ambas dependencias, de acuerdo con la reciente recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual exige la reparación del daño a la víctima por la atención médica deficiente.
Después de perder a su bebé, la mujer otomí tiene dificultades para dormir, por lo que los médicos le recetaron fármacos.
Actualmente sufre pesadillas, donde se observa de nueva cuenta embarazada y al nacer su bebé se lo entregan envuelto en una cobija, pero no está y lo busca sin encontrarlo, narra el expediente del organismo autónomo.
Aun cuando la mujer otomí solicitó en dos ocasiones valoración obstétrica en el hospital del IMSS, ésta fue efectuada por una persona de servicio social sin la orientación, supervisión y dirección que debió proporcionar el personal médico docente o adscrito y se omitieron diversas evaluaciones indispensables para determinar su riesgo obstétrico. Asimismo, no se llevaron a cabo pruebas para evaluar el bienestar del bebé, un perfil biofísico ni la ingresaron a hospitalización, entre otras deficiencias.
La CNDH no reconoce responsabilidad alguna del personal de servicio social, ya que, argumenta, debieron ser supervisados por médicos calificados.
Por lo que las violaciones a los derechos humanos de la mujer que involucran al personal de servicio social se atribuyen al IMSS de manera institucional.
Según la recomendación, en julio de 2023 el personal del hospital rural número 30 del IMSS en Ixmiquilpan le dijo a la mujer de origen otomí, con 38 semanas de gestación, que su bebé estaba bien, pero después de una hora le practicaron un ultrasonido que confirmó la muerte fetal.
La mujer, quien cuenta con la Licenciatura en Educación Primaria Indígena, fue ingresada al servicio de urgencias de dicho centro médico para que le realizaran una cesárea y esperó por la falta de personal médico tres horas entre fuertes dolores a que le fuera realizado el procedimiento. Ante su condición indígena, nadie le explicó los riesgos de la intervención médica.
Después trasladaron a la mujer al Hospital General del Valle del Mezquital, ubicado en Ixmiquilpan y dependiente de la Secretaría de Salud de Hidalgo, lo cual demoró 30 minutos más, ya que el titular del hospital del IMSS no se encontraba.
Llegó al Hospital General del Valle del Mezquital a las cuatro horas con 30 minutos después, el 17 de julio de 2023, donde narró sentir un dolor en vientre bajo tipo cólico, con irradiación hacia parte posterior.
Los médicos indicaron que la mujer presentaba proceso infeccioso por la muerte fetal. La CNDH determinó que personal omitió documentar completamente las características del producto de la gestación; ejecutar la inspección completa del feto e informar sobre los estudios postnatales con fines de búsqueda de la causa de la muerte.
El certificado del fallecimiento fetal con fecha 18 de julio de 2023 concluyó que la causa de la muerte fue porque había muy poco líquido amniótico alrededor del bebé.
La mujer permaneció en el área de recuperación de la Unidad de Tocoquirúrgica y de Ginecología y fue egresada el 20 de julio de 2023 por mejoría clínica y favorable evolución postparto.
El 19 de julio de 2023, fue valorada por personal que asentó: “se realiza invitación a consulta de psicología”.
La CNDH no cuenta con evidencia de que se hubiese iniciado denuncia penal, demanda por responsabilidad patrimonial del Estado, juicio de amparo o conciliación ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, con motivo de los hechos.