16 de Marzo del 2026
La Secretaría de Salud de Hidalgo y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen un plazo de 15 días hábiles una vez que fueron notificados para informar si aceptan la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que documentó que una mujer otomí en Ixmiquilpan perdió a su bebé luego de sufrir violencia obstétrica y servicio médico deficiente por parte de dichas dependencias gubernamentales.
Incluso, en caso de que ambas dependencias no acepten la recomendación, el organismo autónomo puede solicitar al Senado y al Congreso de Hidalgo requieran su comparecencia para que expliquen los motivos de su negativa.
Anteriormente, Plétora Lex informó que en la recomendación 10/2026, el organismo protector de los derechos humanos determinó que el Hospital Rural número 30 del IMSS, ubicado en Ixmiquilpan, así como el Hospital del Valle del Mezquital de la Secretaría de Salud de Hidalgo, incurrieron en actos de violencia obstétrica contra una mujer indígena otomí, quien perdió a su bebé por atención médica deficiente.
Por ello, la CNDH solicita que ambas dependencias en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas proporcionen atención psicológica o tanatológica especializada en el proceso de duelo perinatal, la cual deberá ser gratuita, de manera inmediata y en horario y lugar accesible, a cargo de personal profesional especializado.
También, deberán designar a la persona servidora pública de alto nivel de decisión que fungirá como enlace con la CNDH, para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.
Ambas dependencias tendrán que colaborar en la inscripción de la mujer otomí ante el Registro Nacional de Víctimas.
El IMSS deberá colaborar con su órgano interno de control en la investigación de personal por las irregularidades en que incurrieron en la atención médica de la víctima, así como por las omisiones en la integración del expediente clínico.
La dependencia federal también deberá impartir en un plazo de seis meses un ciclo de formación continua y de profesionalización relacionado con los derechos humanos a la protección de la salud materna, a fin de generar concientización del encargo del servicio público.
A su vez, en un plazo de dos meses tendrá que garantizar la emisión de una circular que instruya a su personal médico a brindar atención sensible, empática, digna y de calidad, bajo los principios de profesionalismo, legalidad y disciplina a las mujeres y personas gestantes derechohabientes.