Trabajo, cuidado y justicia social: cuando reconocemos que el derecho laboral tiene género

10 de Abril del 2026

Trabajo, cuidado y justicia social: cuando reconocemos que el derecho laboral tiene género

Cuando hablamos de trabajo, muchas veces lo hacemos como si todas las personas lo vivieran de la misma manera. Las leyes hablan de personas trabajadoras, de igualdad y de derechos. En el papel, parece que todos estamos en el mismo punto de partida pero basta mirar la realidad para entender que no siempre es así. 

 

El trabajo, nos guste o no, también tiene género y ésta no es una frase ideológica ni un discurso de moda sino una constatación cotidiana. Para muchas mujeres, trabajar no significa únicamente cumplir una jornada laboral, también encarna la normalización social y cultural de sostener una segunda jornada que ocurre al terminar el horario de oficina: cuidar, organizar, acompañar y resolver la vida cotidiana de los hogares. Esa normalización invisibiliza la doble jornada. La creencia de que por ser mujeres, les corresponde a ellas el trabajo doméstico. 

 

En México —como en muchos países— millones de mujeres participan en el mercado laboral y, al mismo tiempo, siguen siendo las principales responsables del trabajo doméstico. Los cuidados son actividades indispensables para la sociedad, pero rara vez se reconocen como trabajo: cuidar a hijas e hijos, atender a personas mayores, organizar la vida familiar y sostener el funcionamiento del hogar. Eso es el trabajo que sostiene la vida, sostiene familias, sostiene economías y, en muchos sentidos, sostiene al propio mercado laboral. En otros términos: asegura la productividad de otros. 

 

Esta realidad tiene consecuencias directas. La llamada doble jornada no es una mera expresión sociológica, es una condición que impacta en las oportunidades laborales enfatizando su desigualdad porque afecta la disponibilidad de tiempo, las posibilidades de crecimiento profesional, la movilidad laboral e incluso la permanencia en ciertos espacios de trabajo.

 

En ese contexto aparece otro de los momentos en los que el género se vuelve evidente dentro del mundo laboral: la maternidad. Aunque las leyes reconocen mecanismos de protección —como licencias, estabilidad durante el embarazo, prohibición de despidos discriminatorios— la experiencia demuestra que la maternidad todavía representa un punto de tensión en muchas trayectorias profesionales.

 

No son pocas las mujeres que han escuchado preguntas incómodas en entrevistas de trabajo. No son pocas las que han sentido que el embarazo se convierte en un obstáculo para su desarrollo profesional. Y no son pocas las que, después de convertirse en madres, enfrentan un mercado laboral menos flexible de lo que debería ser. Aquí es donde el derecho laboral cobra una importancia fundamental. 

 

El derecho del trabajo nació, precisamente, para equilibrar relaciones que no son completamente iguales. Su lógica siempre ha sido clara: proteger a la parte más vulnerable dentro de la relación laboral y generar condiciones más justas. Por eso, cuando hablamos de desigualdades que afectan de manera particular a las mujeres en el trabajo, no estamos hablando de privilegios ni de concesiones. Estamos hablando de reconocer realidades sociales que influyen directamente en el ejercicio de los derechos laborales.

 

Pensar el trabajo con perspectiva de género no significa dividir el derecho. Significa observar con honestidad cómo se desarrollan las relaciones laborales en la vida real. También significa entender que la igualdad formal —la que aparece en las leyes— no siempre garantiza igualdad material en la práctica.

 

El mercado laboral ha cambiado profundamente en las últimas décadas. Las mujeres participan cada vez más en todos los sectores productivos, ocupan espacios de liderazgo, se preparan, estudian y construyen trayectorias profesionales cada vez más sólidas. Pero al mismo tiempo siguen cargando con una distribución desigual de los cuidados que muchas veces limita u obstaculiza sus trayectorias. Por esto es importante decirlo con claridad: hablar de trabajo también es hablar de cuidados. Y hablar de cuidados es hablar de justicia social.

 

El derecho laboral tiene una enorme capacidad de transformación social y cultural cuando se toma en serio su función protectora. No sólo regula contratos; también refleja los valores de una sociedad y la manera en que entendemos la dignidad del trabajo.

 

Reconocer que el trabajo también tiene género no es dividir a la sociedad. Es, por el contrario, una forma de acercarnos a una conversación más honesta sobre las condiciones en las que millones de personas trabajan todos los días porque el trabajo no ocurre en el vacío. El trabajo ocurre en la vida real, con sus responsabilidades, sus desigualdades y sus desafíos. Y si el derecho aspira a ser una herramienta de justicia, entonces también debe ser capaz de mirar esa realidad social de frente.

*Beuribe Alejandra Lázaro Hernández

 

Es abogada especializada en derecho laboral y seguridad social. Su trayectoria profesional se ha desarrollado principalmente dentro del sistema de justicia laboral federal, donde ha participado en el análisis y resolución de asuntos relacionados con la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y el equilibrio en las relaciones de trabajo.

 

A lo largo de su carrera ha apostado por la formación académica como una herramienta para fortalecer la práctica jurídica. Cuenta con estudios de posgrado en derecho laboral y derecho judicial. Ha participado en diversos espacios académicos como docente, conferencista y divulgadora jurídica, particularmente en temas relacionados con trabajo, justicia laboral y seguridad social.

 

Convencida de que el conocimiento jurídico debe trascender los tribunales y llegar a la sociedad, ha impulsado espacios de diálogo y reflexión sobre el papel del derecho laboral en la vida cotidiana. Su trabajo busca acercar el derecho a las personas y contribuir a la construcción de relaciones laborales más justas y conscientes de la realidad social en la que se desarrolla

 




Beuribe Alejandra Lázaro Hernández
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Categorías: Jurídica

Tags: Derecho laboral, cuidado, justicia social