20 de Mayo del 2026
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Feminicidio: Es el término, acuñado por Diana Russell en países angloparlantes y Marcela Lagarde en México, que nombra el asesinato intencional de una mujer o niña por el hecho de ser una mujer o una niña. Implica odio, desprecio, deshumanización y sentido de propiedad. Encarna la más brutal y extrema expresión de la violencia de género.
De acuerdo con ONU Mujeres:
Puede ocurrir en ámbitos privados y públicos. En diversos tipos de relaciones entre perpetradores y víctimas, marcadas por la desigualdad en las dinámicas de poder entre hombres y mujeres.
Los feminicidios con alta frecuencia implican una cadena o sistema de abusos previos: físicos, sexuales, de violencia psicológica, conductas controladoras y acoso. Y se hallan en contacto con otras violaciones a los derechos humanos como: trata de personas, labores forzadas y esclavitud.
De acuerdo con el reporte de ONU Mujeres y la Oficina de las Naciones Unidas contra la droga y el delito:
En 2024, en el mundo 50,000 mujeres y niñas fueron asesinadas por sus parejas o familiares cercanos. Fue asesinada 1 mujer o niña cada 10 minutos.
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Hay una mamá que ya no verá a su hija, a la que nunca pudo dar un abrazo. Y ésta es la historia de su niña.
Ella solo tenía cuatro años de edad cuando fue víctima de feminicidio por parte de su madrastra, quien intentó hacer pasar la muerte de la menor por una supuesta caída desde una litera en su domicilio, ubicado en Santa Matilde, en la ciudad de Pachuca.
En este caso, los jueces emitieron por unanimidad un fallo condenatorio con perspectiva de género, así como de infancia, ya que la víctima estaba en dos grupos vulnerables por ser niña y menor de edad.
Tenía el síndrome del niño maltratado, derivado de una violencia sistemática: era una niña de cuatro años que no podía defenderse, resaltó la asesora jurídica de la madre de la menor.
Durante el juicio oral 124/2024, el tribunal de enjuiciamiento escuchó la acusación del Ministerio Público: “la muerte de una niña por odio, desprecio y placer. Una niña que a esa edad solamente sabe dar compañía y cariño. Esa muerte tiene que ser castigada”, y responsabilizó de ello a la pareja sentimental del padre y madrastra de la menor de edad.
El 20 de mayo de 2023, a las 17:15 horas, la acusada ingresó a la niña en la clínica 26 del IMSS, en la capital del estado; sin embargo, la menor de edad ya no tenía signos vitales.
Una doctora examinadora relató que el cuerpo de la niña presentaba numerosos golpes de diferentes tamaños, temporalidades, y en diferentes partes como: barbilla, espalda, abdomen, piernas, rodillas, codos y pómulo izquierdo. Era evidente que su estado no era resultado de simples actividades recreativas.
Además de que la menor tenía hematomas en el abdomen, zona torácica y laceraciones en la frente, incluso cicatrices; lo cual alertó sobre un diagnóstico de maltrato infantil.
De acuerdo con los médicos del IMSS, la niña tenía infiltrados hemáticos en el hígado, en el páncreas con ruptura traumática y contusión en ventrículo izquierdo del corazón. Este cuadro no correspondía a la caída de una litera como trataron de hacer pasar la acusada y su defensa a lo largo de la audiencia de debate, por lo que ese argumento fue descartado.
La víctima fue declarada sin vida a las 17:50 horas de ese mismo día. Además de las marcas por los fuertes e intensos golpes en el estómago que le habían provocado la muerte, la menor incluso tenía golpes con formas definidas en la espalda que posiblemente fueron hechos con la hebilla del cinturón.
El Ministerio Público destacó que también se hallaron indicios de violencia sexual, sin embargo los jueces consideraron que el representante social no comprobó este señalamiento en contra de la acusada.
Los jueces destacaron en su veredicto que las lesiones que provocaron la muerte de la niña son producto de una violencia física y psicoemocional extrema por razón de género, dentro de un ciclo sistemático en el que la víctima se hallaba desprotegida.
La madre de la víctima portaba ropa de color rojo durante la audiencia donde exigió justicia para su hija. “Me la mataron. Nunca le pude dar un abrazo, decirle lo mucho que la extrañaba, lo mucho que me hizo falta y la falta que me hace aún, porque yo si la busqué, porque yo no la abandoné, a mi me la negaban. Era mi hija y no se me hace justo que quede así. No tenía la culpa de nada. Era una niña que también quería jugar, divertirse y vivir”.
El padre de la víctima tuvo una relación con la madre y ahora víctima indirecta, de la cual nació la niña. No obstante, luego de separar a la niña de su madre, esconderla y cambiarla de estado de residencia, el hombre inició en 2021 una nueva unión con la acusada, quien a partir de diciembre de dicho año se encargaba de cuidar y alimentar a la menor en un domicilio de Santa Matilde, Pachuca.
El padre es militar y estaba adscrito en Coahuila, por lo que visitaba esporádicamente el domicilio donde vivía la niña junto a su madrastra.
Testigos coincidieron en manifestar que era algo cotidiano escuchar por las noches el llanto de una menor proveniente de su domicilio. Notaron que pasaba mucho tiempo encerrada en su cuarto y que era la única de todos los niños que no iba a la escuela, debiendo acudir a preescolar. Tampoco salía a jugar al patio pero la obligaban a cargar cubetas llenas de agua y a lavar ropa, narró el Ministerio Público.
Otra vecina contó la violencia extrema que generaba la acusada sobre la niña víctima, que sucedía todos los días. “La niña era constantemente golpeada y tenía moretones en el cuerpo. Incluso la ponían a cargar cubetas de agua a pesar de su corta edad y a lavar ropa. La agresora justificaba que la niña se hacía del baño en su ropa”.
La defensa de la acusada argumentó que cuidaba a sus dos hijos, más otros dos de su hermana, adicional a la manutención de la niña, por lo que no podía vigilarlos todo el tiempo. No obstante, el Ministerio Público respondió que eso no justificaba las condiciones en las que vivía la víctima directa.
Durante la audiencia de debate, agregó el Ministerio Público, asistieron testigos ofrecidos por la representación social, entre ellos vecinos de la víctima directa, agentes de la policía de investigación, peritos de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJEH) y médicos de la clínica 36 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Los jueces señalaron que la lesión que ocasionó la muerte de la niña, producto de la violencia física como razón de género entre la acusada y la víctima, se generó por un ciclo de agresiones sistemáticas, incluso extremas.
El tribunal de enjuiciamiento advirtió que también se verificó la violencia psicoemocional o verbal, derivado del maltrato del que era sujeta la niña.
La muerte de la menor de edad, registrada a las 17:50 horas del 20 de mayo de 2023, fue ocasionada por las lesiones en la región abdominal. “Lo que ocasionó que perdiera la vida no fue la caída de la litera, pero si fue la laceración hepática con motivo de las lesiones inferidas por la acusada”.
“Falleció por un ciclo de violencia estructural y sistemático derivado de la razón de género, producto de una relación de hecho con la acusada”, argumentaron los jueces.
Sin embargo, el tribunal de enjuiciamiento consideró que el Ministerio Público no comprobó la acusación de violación que pesaba contra la acusada en agravio de la víctima, cuya argumentación calificó de deficiente.