21 de Mayo del 2026
La corrupción se define en materia jurídica como un indebido intercambio de favores entre quien desempeña un cargo y quién beneficia la gestión de algún negocio, propio o de terceros, relacionado con ese cargo y sus funciones. Es un abuso de poder para beneficio unilateral que afecta tanto al sector público como al privado.
Dentro del panorama de la administración pública, se obtiene ventaja sobre la población en una relación determinada bajo normas, leyes y reglamentos cuya función básica es dar certeza jurídica a la convivencia entre las mismas personas que integran una sociedad y que decidieron que, todos tienen la misma posibilidad de obtener el objetivo de su preferencia; siempre y cuando, se encuentre dispuesto en el mismo marco legal establecido. Al obtener ventaja, se rompe o corrompe esa condición de igualdad de posibilidades.
En esta línea, en una circunstancia de “intercambio de favores”, es posible identificar que de forma similar al Derecho Civil, se crean obligaciones de dar, hacer o no hacer. Aquí la diferencia es que estas obligaciones NO tienen un origen lícito, ni de buena fe; distorsionan la confianza, rompen la fidelidad, dolosamente crea y mantiene daños, los integrantes de estos “favores” se benefician, en detrimento de otras personas que pretenden mantener un orden jurídico y un tejido social sano, con la mejor convivencia social posible. En teoría, nadie debe beneficiarse de estos favores o todos deberíamos beneficiarnos de estos. El problema es que, al no reportarse estos beneficios, se continúa fracturando la seguridad en la convivencia social.
¿Quiénes integran un acto de corrupción? Un corrupto, corruptor o corruptora es aquel hombre o mujer que corrompe, soborna, pervierte, obtiene ventaja de otra u otras personas, físicas o morales, (y en este caso los) sistemas de gobierno, para beneficio personal o colectivo, lacerando a la sociedad en general.
En las circunstancias más penosas y desagradables, en muchas ocasiones, son las personas servidoras y funcionarios públicos quienes motivan y alientan a que esta despreciable conducta exista. Es lamentable porque son estos sujetos los que en teoría deberían estar suficientemente capacitados para realizar sus actividades y cumplir con sus obligaciones estrictamente bajo el principio de legalidad, devengando el salario que les corresponde, con el cumplimiento de su actividad asignada, en un horario determinado.
También existen aquellos ciudadanos que, por distintos motivos, decidieron participar en esta conducta. Ya sea por la obtención de cantidades considerables de dinero en algún negocio o por no tener la reserva (ni la voluntad) de completar algún trámite burocrático que requiere la disponibilidad en sus horarios o que simplemente interrumpa su diario quehacer. Es importante señalar que, entre particulares también es posible que se manifieste esta irregularidad, sin embargo, en este caso, esta teoría se basa en el servicio público.
El tercer agente de esta conducta es la víctima, en ocasiones, sumamente herida a causa de esta práctica, lo que sorprende es que solo hace caso omiso, la sociedad en general. Es posible que el resultado de estos actos, no sea condenado por falta de conocimiento y educación. La conciencia colectiva no identifica ni sanciona inmediatamente el daño que recibe y que cada uno de sus integrantes es afectado cuando uno o varios servidores públicos no realizan las actividades correspondientes. Solo se percibe cuando las consecuencias se informan a la opinión pública.
De forma genérica, el objeto base de la acción ilegal puede ser una cantidad cierta y en dinero o en especie, una acción u omisión, en donde los participantes obtengan algún beneficio, ventaja o desventaja, según sea el caso.
Dentro de algunas opiniones se idealiza que la corrupción no es un tema cultural, ni genético. Se considera que la corrupción es un asunto de dinámica social y económica. Esto quiere decir que el actuar de los interesados se basa en el continuo social del lugar en el cual se pretende implementar o activar. La interpretación que es posible considerar es que la dinámica social y económica se basa en una serie de costumbres, y si estas costumbres se encuentran manchadas de dolo y mala fé, como es la corrupción, debemos sanar esta cultura entre los que integramos esa sociedad.
De forma básica, comenzar por tener la voluntad de realmente actuar en contra de ese sistema de corrupción que tanto afecta a la sociedad. De lo contrario solo se reproduce un desgaste en la simulación.
Se debería iniciar intencionalmente con el tratamiento de este tema en todos los niveles del sistema educativo, con el propósito de crear una real formación ética y moral entre quienes integramos la sociedad.
Ahora bien, existen herramientas tecnológicas que nos permiten actuar de forma inmediata y efectiva para enfrentar este mal, concretamente al exponer dichas conductas ante la opinión pública. Esto genera una sanción social al exhibir aquellas personas que obtienen beneficios personales, que afectan y ofenden a la sociedad; cosechando opiniones que les obligan a reconsiderar la continuidad de la realización de dichas conductas. Es decir, como sociedad movemos la vergüenza para que haya un cambio de conducta.
Pero si de verdad se pretende combatir el sistema de corrupción, se debe considerar un presupuesto destinado a desarrollar un sistema de combate a la corrupción. Desde ahí se puede crear una aplicación para dispositivos electrónicos que permita evidenciar y alimentar una base de datos en tiempo real, valorada por una dependencia autónoma que otorgue el puntual seguimiento a las denuncias que ahí se generen. Probablemente los resultados se formalizarán de forma casi inmediata, por lo que nuevamente se plantea la duda sobre la voluntad real de combate a la corrupción, ¿las autoridades están haciendo algo real para hacer frente a este mal?
Es abogado titulado por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo. Su experiencia laboral abarca diversas actividades. Tiene experiencia en la atención a clientes en empresas privadas de suministros de computación, así como en grupos de turismo en la Riviera Maya y en aplicaciones de hipermercados y supermercados. Fungió como agente ministerial en la Dirección General de Policía Ministerial de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo. Fue asesor legal y administrativo de la Subsecretaría de Prevención, Participación Ciudadana y Desarrollo Institucional de la Secretaría de Seguridad Pública. Se desempeñó como coordinador general de la Feria de Tulancingo en 2009. Actuó como calificador en el Registro Público de la Propiedad. Es gerente de sus propios negocios. Fue asesor legal y administrativo tanto en la Gerencia Estatal de Liconsa como en la Cámara de Diputados Local. También ha sido ejecutivo de cuentas en una empresa privada de préstamos económicos. Cuenta con amplia experiencia en venta de productos a micro comercios y una activa participación en campañas políticas.