Invasión de un predio en Mineral del Monte detiene obras de construcción de manera indefinida

13 de Febrero del 2024

Invasión de un predio en Mineral del Monte detiene obras de construcción de manera indefinida

De acuerdo con el Consejo de la Judicatura Federal, el juez Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo con número de expediente 96/2024, otorgó la suspensión de la obra Mineral del Monte-Huasca de Ocampo, debido a un reclamó de un aleñado por afectaciones a su predio.

El poblador, identificado como Juan Hernández Solís, presentó una queja ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) por causar afectaciones durante la construcción del tramo Mineral del Monte-Huasca de Ocampo; queja que procedió tras confirmar como su propiedad (correspondiente a cuatro hectáreas) por parte de un notario.

El acto reclamado por Juan Hernández, fueron los trabajos de revestimiento de carpeta asfáltica que realizan en el predio denominado como fracción restante de la fracción del predio rústico denominado "Rancho San Manuel" actualmente "Rancho Nuevo" ubicado en el municipio de Mineral del Monte, Hidalgo, como parte de la infraestructura en la construcción de la autopista Real del Monte - Huasca.

Fredy Francisco Aguilar, juez Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, concedió la suspensión provisional al quejoso, para el solo efecto de que las autoridades responsables se abstengan de continuar realizando trabajos de revestimiento de carpeta asfáltica en el predio antes mencionado. Hasta que se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva; al satisfacerse los requisitos a que se contrae el precepto legal invocado.

Según el abogado del quejoso, indicó que su cliente, al solicitar una indemnización ante el Gobierno del estado de Hidalgo, de la anterior administración, hicieron caso omiso y se negaron a atenderlo. Tras una constante insistencia con las autoridades, la situación siguió siendo ignorada, y, cuando por fin logró ser atendido, se negaron a pagarle porque los daños habían sobrepasado los límites de su predio.

Cabe destacar que la suspensión provisional se concedió al quejoso Juan Hernández Solís, para el solo efecto de que las autoridades responsables se abstengan de continuar realizando trabajos de revestimiento de carpeta asfáltica en el predio, hasta que se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva; al satisfacerse los requisitos a que se contrae el precepto legal invocado.

Lo anterior es así, toda vez que la parte quejosa acreditó su interés suspensional con el instrumento notarial 20,590 de tres de agosto de dos mil veintitrés, pues como escritura aclaratoria se advierte que tiene el carácter de comprador del predio denominado "Rancho San Manuel", actualmente "Rancho Nuevo", ubicado en el municipio de Mineral del Monte, Hidalgo.

Asimismo, no se desatiende a lo anterior, que si bien la construcción de vías generales de comunicación tiende a beneficiar a la colectividad y al interés público, así como que la sociedad está interesada en que se construyan nuevas vías generales de comunicación para el servicio público; sin embargo, hasta esta etapa procesal es dable concluir que en el caso no se contravienen disposiciones de orden público ni se afecta el interés social, en virtud que es mayor la afectación que sufre en sus derechos el quejoso, que aquella que pudiera resentir la sociedad en general, porque la medida cautelar únicamente permitirá salvaguardar la materia del amparo, hasta que se decida sobre la suspensión definitiva.




Diego Sosa Tang
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Categorías: Jurídica

Tags: Mineral del Monte, SICT, Consejo de la Judicatura Federal, Hidalgo