Dictan prisión preventiva a ex alcalde de Singuilucan

27 de Octubre del 2025

Dictan prisión preventiva a ex alcalde de Singuilucan

Durante el fin de semana se realizaron dos audiencias en contra del ex presidente municipal de Singuilucan, Marcos Miguel N., señalado por los delitos de incumplimiento de un deber legal agravado y uso ilícito de atribuciones y facultades.

En las audiencias iniciales correspondientes a las causas penales 1936/2025 y 1937/2025, los agentes del Ministerio Público presentaron datos de prueba que respaldan los señalamientos en su contra.

De igual manera, el Ministerio Público solicitó la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada, bajo el supuesto de que el imputado podría evadir la acción de la justicia o influir en el desarrollo de las investigaciones. Aunque las audiencias se celebraron de manera independiente, los jueces consideraron fundados los argumentos y determinaron que el ex alcalde permaneciera en prisión preventiva.

Por su parte, el ex munícipe se acogió al plazo constitucional de 144 horas para resolver su situación jurídica respecto a la vinculación a proceso.

Contexto

Marcos Miguel N., quien se desempeñó como presidente municipal de Singuilucan durante el periodo 2020-2024, habría solicitado y ejercido 109 millones 645 mil 325 pesos en recursos extraordinarios otorgados por la Secretaría de Finanzas de Hidalgo.

Dichos fondos fueron presuntamente utilizados en 161 contratos con 22 proveedores. Mismos que habrían sido destinados a servicios de sanitización de áreas comunales, adquisición de papelería y artículos de oficina, reparación y renta de maquinaria, uniformes y gastos ceremoniales.

No obstante, el Ministerio Público señaló que los contratos carecían de la documentación legal correspondiente y presentaban sobreprecios, así como simulación de servicios, lo que —indicó— vulneraba los principios de legalidad, eficiencia y honradez en el ejercicio del gasto público.

Asimismo, y en el mismo contexto, el ex edil enfrenta una acusación por el delito de incumplimiento de un deber legal agravado, derivado de la omisión en el cumplimiento de un laudo laboral, cuyo monto asciende a 16 millones 355 mil 405 pesos con 94 centavos. 

 

 

 

 

 

 

 




Plétora Lex
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Categorías: Jurídica

Tags: Singuilucan, Hidalgo, Prisión Preventiva Justificada, Cereso Pachuca