08 de Marzo del 2024
El gobernador de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, presentó al Congreso de Hidalgo, la iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reducen las y los comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información del estado de Hidalgo (ITAIH) con el objetivo de brindar mayor paridad de género dentro de este órgano.
El objetivo de este proyecto de decreto, es beneficiar este órgano autónomo, y fortalecer la paridad de género, ya que al solo determinar tres representantes —de las cuales 2 serán mujeres por obligatoriedad y por mayoría—, quienes serán denominadas comisionadas, eliminando igualmente, el cargo machista que ha existido por años en el cargo de “comisionados”.
RESPECTO A LA INICIATIVA FRENTE A LA LEY
De acuerdo con la Constitución Federal, la reducción en número de comisionadas y comisionados del ITAIH se realiza en el ejercicio de la libertad de configuración legislativa con que cuentan las entidades federativas, al no contravenir las disposiciones de la Constitución Federal, la cual mandata a establecer organismos autónomos, especializados, imparciales y colegiados, responsables de garantizar el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
De igual manera, al reducir a tres, se cumple cabalmente con la obligación de conformarse por un número impar, tal y como lo mandata la Ley General Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Tampoco se transgrede disposición alguna de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que en lo concerniente al tema que nos ocupa, se limita a señalar que en la ley de las entidades federativas se determine la integración del organismo garante, que dicha integración sea colegiada y autónoma.
MARCO NORMATIVO
En lo que dispone en el artículo 37, en correlación con el artículo 38, de la Ley General de Transparencia que en la ley de las entidades federativas se determine lo relativo a la estructura y funciones de los organismos garantes, así como la integración, duración del cargo, requisitos, procedimiento de selección, régimen de incompatibilidades, excusas, renuncias, licencias y suplencias de sus integrantes.
De la misma manera, mandata a los Congresos locales, a fin de garantizar la integración colegiada de los organismos garantes, a prever en su conformación un número impar y que sus integrantes se denominen Comisionados, privilegiando la experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, procurar la igualdad de género, establecer que la duración del cargo no sea mayor a siete años y que la designación se realice de manera escalonada para garantizar el principio de autonomía.
Asimismo, a través del artículo quinto transitorio, mandató a que las legislaturas de los Estados, en el plazo de hasta un año armonicen las leyes relativas conforme a lo establecido en la ley.
De igual forma, a través de la adición de la fracción VIII Bis al artículo 56, se otorgaron facultades al Congreso del Estado para nombrar a los Comisionados del ITAIH, así como para conocer de su renuncia o remoción, mediante el procedimiento señalado en la Ley de la materia.
OBJETIVO DE LA INICIATIVA
Con este preámbulo, la presente iniciativa tiene como finalidad reformar el párrafo sexto del artículo 4 Bis, de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, con el objeto de reducir el número de integrantes del ITAIH, pasando de cinco a tres las Comisionadas y los Comisionados.
Así como reformar la fracción VIII Bis del artículo 56 de dicha Constitución, con la finalidad de homologarlo con el criterio utilizado en la redacción propuesta a la reforma del párrafo sexto del artículo 4 Bis, incorporando el término de Comisionadas, haciendo uso de lenguaje incluyente.
ESQUEMA TRAS APROBARSE
Una vez sea aprobada la reducción del personal de ITAIH se establece el siguiente esquema de este órgano autónomo:
1. Que las Comisionadas y Comisionados que actualmente forman parte del ITAIH permanezcan en su encargo el periodo en que fueron designados por el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo en Sesión Ordinaria de fecha 17 de septiembre de 2020, otorgándoles certeza y seguridad jurídica.
2. Que a partir del 17 de septiembre de 2024, el ITAIH quedará integrado con tres Comisionadas y Comisionados, fecha en que concluyen su encargo por cuatro años, dos de los Comisionados designados por el Congreso del Estado de Hidalgo en Sesión Ordinaria de fecha 17 de septiembre de 2020.
3. Que a efecto de asegurar la renovación escalonada de las Comisionadas y los Comisionados Propietarios y Suplentes, tal y como se mandata en la integración del ITAIH, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, por única ocasión, especificará el periodo de ejercicio del encargo para cada Comisionada o Comisionado, considerando los siguientes criterios:
a) La persona que sustituya a la Comisionada que culminará su encargo el 17 de septiembre de 2026, será designada por un periodo de 7 años, para finalizar el encargo el 17 de septiembre de 2033.
b) La persona que sustituya al Comisionado que finalizará su encargo el 17 de septiembre de 2026, será designada por un periodo de 5 años, para culminar el encargo el 17 de septiembre de 2031.
c) La persona que sustituya a la Comisionada que terminará su encargo el 17 de septiembre de 2027, será designada por un periodo de 2 años, para terminar el encargo el 17 de septiembre de 2029.
Derivado de este esquema propuesto, se realiza una proyección por las próximas cuatro designaciones subsecuentes a las fechas planteadas, de las Comisionadas y los Comisionados integrantes del ITAIH, quienes durarán en su encargo siete años sin excepción y dar cumplimiento al mandato legal de que su designación se realice de manera escalonada, garantizando con ello la plena autonomía del organismo garante.
ANTECEDENTE
De acuerdo con un análisis con base a la base de datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) existe 26 entidades federativas que representan la gran mayoría en el país por mantener una integración de tres Comisionadas y Comisionados en su organismo garante, por lo que Hidalgo se suma a una de ellas.
El Estado de Hidalgo se coloca en la posición 27 de las 32 entidades federativas con relación al número de sujetos obligados, solo por encima de Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, Quintana Roo y Tabasco, siendo que Puebla tiene dos veces más sujetos obligados que nuestra Entidad y en la misma tesitura se encuentran Veracruz de Ignacio de la Llave con tres veces más, Jalisco con cuatro veces más y Chihuahua con siete veces más sujetos obligados, los cuales cuentan con tres integrantes en sus organismos garantes, permitiendo visualizar que existen entidades federativas con menor número de Comisionadas y Comisionados, lo que refuerza la propuesta de disminuir el número de integrantes del ITAIH.
La entidad mantiene un carga de trabajo menor a entidades metropolitanas; inclusive, existen entidades con mayor carga que cuentan con solo tres comisionadas
Un caso de éxito que se toma como ejemplo en reducción de comisionados y comisionadas es el de Coahuila , Zaragoza, en que se implementó dicho cambio, y este no represento riesgo o violación a la ley.
DISPARIDAD EN CARGOS
Respecto a los tiempos que corresponden en el cargo a concluir las comisionadas tras la aprobación de la iniciativa, esto refiere ya que, en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado de Hidalgo de fecha 17 de diciembre de 2019, fueron aprobados los nombramientos de cinco Comisionadas y Comisionados Propietarios y cinco Suplentes del ITAIH, a quienes se les tomó la protesta correspondiente , para comenzar su encargo el 14 de enero de 2020.
Sin embargo, derivado del Juicio de Amparo relacionado dentro del expediente 1439/2019 se ordenó dejar insubsistente la designación de las Comisionadas y Comisionados del ITAIH ya que no cumplieron al completo con las normas establecidas.
Por lo que el 21 de febrero de 2020, la Primera Comisión Permanente de Transparencia y Anticorrupción sesionó para dar cumplimiento al mandato del Juez Segundo de Distrito, aprobando el Dictamen por el que se deja sin efecto la designación de los Comisionados propietarios y suplentes del ITAIH.
Derivado de lo anterior, en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado del 17 de septiembre de 2020, fue aprobado el Dictamen que designa a las Comisionadas y los Comisionados Propietarios y Suplentes del ITAIH, nombrados de manera escalonada, una por siete años, dos por seis años y dos por cuatro años, fecha en que los Comisionados Propietarios rindieron protesta y asumieron el cargo.