UIF podrá bloquear cuentas bancarias sin orden judicial: SCJN

07 de Abril del 2026

UIF podrá bloquear cuentas bancarias sin orden judicial: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias sin orden judicial y en casos donde haya indicios de delitos como lavado de dinero, financiamiento al terrorismo o dinero de procedencia ilícita.

 

El Pleno precisó que la medida es de carácter administrativo y preventivo, con el objetivo de proteger el sistema financiero y cumplir con compromisos internacionales, pero no sustituye la función del Ministerio público ni implica una culpabilidad penal ni una sanción

 

"La Unidad de Inteligencia Financiera actúa como órgano técnico auxiliar, mientras que la persecusión de delitos sigue a cargo de la autoridad ministerial", señala la resolución. 

 

Se precisó que las personas bloqueadas contarán con derecho de audiencia en la UIF y deberán acudir ante un juez para solicitar el descongelamiento de sus cuentas.

 

Esta facultad se sustenta en el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito. Legisladores ajenos al partido guinda (PRI, PAN y MC) promovieron una acción de inconstitucionalidad contra ese artículo argumentando que la reforma era imprecisa y podría llegar a ser arbitraria.

 

Algunos ministros como Loretta Ortiz señalaron como infundados los argumentos de los legislaores y defendieron la medida al argumentar que es de carácter preventiva, administrativa y garantiza la defensa. 

La acción de inconstitucionalidad 58/2022 se resolvió con seis votos contra tres      




Plétora Lex
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Categorías: Jurídica

Tags: SCJN, UIF, bloquear cuentas, Hidalgo