TEEH pide que IEEH acepte candidaturas indígenas

07 de Mayo del 2024

TEEH pide que IEEH acepte candidaturas indígenas

El Tribunal Electoral Estatal Electoral (TEEH) en sesión resolvió los medios de impugnación que diferentes partidos presentaron ya que sus candidaturas a ayuntamientos fueron rechazadas por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH).

En conferencia de prensa, dirigentes de partidos mencionaron que el IEEH había rechazado y atrasado sus candidaturas debido a que no podían comprobar su origen indígena en la comunidad de San Salvador, El Cardonal y Lolotla; esta situación se repitió con cada partido.

Dado que dichas comunidades son reconocidas como indígenas, ser pertenecientes de la misma señala ser de dicha candidatura sin reservas. Sin embargo el IEEH no las acepto por el supuesto de que no podían comprobar dicha identidad.

Ante ello, en respuesta al expediente TEEH-JDC-154/2024, promovido por Sury Saray Melo Hernández y otras. Este juicio, bajo la tutela del Magistrado Presidente Leodegario Hernández Cortez, impugna el Acuerdo IEEH/CG/075/2024, que aprobaba los registros de las planillas de candidaturas comunes propuestas por la coalición “Seguiremos Haciendo Historia en Hidalgo”, para la elección ordinaria de ayuntamientos del proceso electoral 2023-2024, específicamente en la candidatura para el municipio de Lolotla, Hidalgo.

Por lo que el TEEH en el expediente TEEH-JDC-154/2024 determinó revocar el acuerdo IEEH/CG/075/2024, al evidenciar que fue incorrecta la determinación del órgano electoral de reservar las candidaturas a las actoras, al considerar que no se acreditaba su pertenencia a alguna comunidad indígena.

Por consiguiente, se ordenó al IEEH actuar en términos de la presente sentencia y, en su caso, registrar a las actoras como integrantes de la planilla que contenderá para la elección municipal de Lolotla por la candidatura común de Morena. Además, se ordena al IEEH dar cumplimiento al considerando Quinto de dicha sentencia. 

TEEH ordena registro de Candidata Indígena

De igual manera, se resolvió en el juicio TEEH-JDC-181/2024, promovido por Gabriela Cardón Jiménez, en contra del acuerdo IEEH/CG/076/2024 del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) bajo la dirección del Magistrado Presidente Leodegario Hernández Cortez, abordó el registro de planillas para la elección de ayuntamientos del Partido Verde Ecologista de México. 

En el caso específico, Gabriela Cardón Jiménez presentó una solicitud individual de registro para la candidatura de presidente municipal suplente por el municipio de El Cardonal, Hidalgo, por el Partido Verde Ecologista de México. Sin embargo, su registro fue negado a través del acuerdo IEEH/CG/076/2024 emitido por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

También se determinó revocar el acuerdo IEEH/CG/076/2024 únicamente en lo relacionado con la negativa de registro de Gabriela Cardón Jiménez, con base en los considerandos tercero y cuarto de la sentencia. Se encontró que el Instituto Electoral había realizado dos requerimientos al Partido Verde Ecologista sobre las solicitudes de registro para el municipio de El Cardonal, en los cuales se solicitaba acreditar la pertenencia indígena de diversas personas. Sin embargo, la quejosa no estaba incluida en estos requerimientos, ya que su solicitud de registro, con documentos para acreditar la adscripción indígena, se integró como sustitución después del segundo requerimiento del Instituto. 

Posteriormente, en el dictamen de cumplimiento de pertenencia indígena para contender por el municipio de El Cardonal, se determinó que la candidatura de presidenta municipal suplente no había acreditado dicha pertenencia; tras un examen detallado de los documentos presentados por Gabriela Cardón Jiménez, se evidenció que la localidad de El Cardonal es considerada un municipio indígena y que la ciudadana manifestó ser persona indígena, siendo reconocida como tal tanto por el delegado de la comunidad como por la asamblea de la comunidad en sesión extraordinaria.

Asimismo, se revocó el acuerdo IEEH/CG/076/2024; la razón principal de esta revocación fue la reserva de la planilla de San Salvador al PVEM por parte del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.

El tribunal determinó que, aunque las 10 solicitudes de registro se autodenominaron como personas indígenas y el IEEH realizó requerimientos al partido para acreditar la autodeclaración indígena calificada de sus aspirantes, solo tres de los accionantes en el juicio estaban incluidos en el requerimiento. 

Sin embargo, tras un análisis exhaustivo de los expedientes entregados por los aspirantes, se determinó que ocho cumplían con el requisito de acreditación indígena al haberlo respaldado con diversos documentos. Por otro lado, dos aspirantes, aunque no presentaron documentación suficiente para acreditar su pertenencia a una comunidad autóctona, no fueron notificados para subsanar dicha omisión, lo que vulneró su derecho de garantía de audiencia.

En este sentido, el IEEH deberá requerir al partido para comprobar la pertenencia indígena de las personas perfiladas, mientras que el resto de las candidaturas deberán ser avaladas de inmediato.




Diego Sosa Tang
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Categorías: Político

Tags: Elecciones 2024, IEEH, TEEH, Candidaturas indígenas Hidalgo