04 de Mayo del 2026
El anteproyecto de una nueva ley del notariado en Hidalgo, puesto a consideración del Poder Ejecutivo, ya fue presentado al Congreso local para su análisis y aprobación, el cual va contra la usurpación de funciones en este gremio, así como establece un escenario de competencia profesional entre los aspirantes a esta profesión, además de un retiro digno.
Se considera delito ostentarse o inducir a la creencia de que es persona notario para ejercer o simular funciones notariales.
Así como tener oficina notarial o lugar donde se realicen actividades o meramente de asesoría o de firmas para instrumentos.
Y también a quien fuera de su ámbito legal de competencia produzca instrumentos públicos en los que consten actos jurídicos que para su validez requieran otorgarse en escritura pública o hagan constar hechos.
De esta forma lo informó el presidente del Colegio de Notarios de Hidalgo, Pedro Luis Noble Monterrubio, quien detalló que la patente de persona notario titular se terminará por revocación en los casos previstos por la ley, renuncia expresa, por haber cumplido los 80 años de edad, y no gozar de facultades físicas y sensoriales que permitan el ejercicio de la función notarial.
La nueva ley entrará en vigor a los 180 días naturales siguientes al día de su publicación en el Periódico Oficial de Hidalgo (POEH), salvo lo señalado en los artículos transitorios primero y segundo del decreto por el que fue expedido el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, cuya aplicación se realizará de conformidad con la declaratoria que emita el Congreso local.
Además, la ley que regule la actuación digital notarial en Hidalgo deberá expedirse en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día de la entrada en vigor del presente ordenamiento e iniciará funciones en un lapso de 12 meses a partir de su aplicación en el POEH.
La iniciativa se orienta a fortalecer el marco jurídico que regula la función notarial, para atender la exigencia de la alta especialidad, la formación continua, consolidar la calidad del ejercicio de la fe pública con eficiencia y profesionalismo.
A su vez, busca ser referente nacional y de las más avanzadas en la materia, dijo Noble Monterrubio.
Incluso, para el aspirante a notario establece el derecho, previa convocatoria, de presentar un examen para obtener la calidad de aspirante a persona notario, con la finalidad de obtener la patente.
La nueva ley establece un escenario de competencia profesional entre los aspirantes. Contempla examen de oposición para obtener constancia de aspirante y patente, por lo que las evaluaciones consistirán en dos pruebas, una práctica y otra teórica aplicables a cada sustentante.
La prueba práctica consistirá en la redacción de un instrumento notarial específico; mismo que será sorteado entre veinte temas previamente formulados por el colegio y aprobados por la autoridad competente.
Los temas a desarrollar en la prueba práctica serán colocados en sobres cerrados e irán sellados y firmados por el jurado. El sustentante elegirá uno de los sobres.
Además, el ordenamiento contempla la persona notario emérito, para aquellas que tengan un reconocimiento por su trayectoria, dedicación, méritos y aportes al ejercicio de la función notarial, y que al renunciar a la patente podrá ser distinguida por parte del colegio.
Esta figura es la primera en México. Facilita un retiro del ejercicio de la fe pública con dignidad y posibilita que el emérito se desempeñe en actividades académicas o de consultoría sin la potestad fedante.