15 de Mayo del 2026
PACHUCA. - El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) consideró ilegal que el municipio de Mineral de la Reforma, a cargo del alcalde Eduardo Medécigo, negara información a una regidora y con ello obstaculizara el acceso a la información pública.
Del asunto en mención se desprende que fue la asambleísta Marlene Puertas Ramírez quien requirió un informe financiero trimestral respecto de los ingresos generados por los programas de Protección Civil, así como por las opiniones técnicas de medidas de seguridad.
Sin embargo, el municipio le respondió que, si necesitaba la información, entonces debía pagar copias certificadas. Ante este condicionamiento, el caso llegó al Tribunal mediante el juicio ciudadano número 50/2026.
Tras el análisis del asunto, los magistrados determinaron que no es obligación de los integrantes de las alcaldías el pagar derechos por copias.
Lo anterior, debido a que la información solicitada es necesaria para el desempeño de las funciones públicas de los asambleístas.
El TEEH puntualizó que la omisión o dilación en la entrega de datos públicos vulnera sus facultades normativas de vigilancia en la administración local y, en consecuencia, le mandató dar los archivos requeridos.
Asimismo, reiteró el llamado al municipio para que atienda con celeridad y sustento legal, los requerimientos de los miembros del cabildo, esto debido a que Mineral de la Reforma no fue el único municipio con dicha incidencia.
Al Tribunal también llegó un caso de una regidora que solicitó a la alcaldía de Tula la rendición de cuentas sobre los recursos ejercidos en la celebración del Día de las Madres, detallando el origen presupuestario del cual se dispuso para la entrega de 40 estímulos económicos en efectivo, equivalentes a 2 mil 500 pesos por cada uno.
De igual manera requirió información relativa a servicios y equipamiento del Parque Quetzalcóatl que inauguró en enero de este año el alcalde Cristhian Martínez, aunque por respuesta obtuvo que la petición no se realizó conforme a la Ley Orgánica Municipal.
La resolución del Tribunal fue similar a la de Mineral de la Reforma, ya que en ambos casos los municipios incurrieron en omisiones y negativas injustificadas que vulneraron el derecho político-electoral de las regidoras.