SCJN frena cobro anual por antenas de radio, televisión y comunicación en Yahualica

12 de Octubre del 2026

SCJN frena cobro anual por antenas de radio, televisión y comunicación en Yahualica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó disposiciones de la Ley de Ingresos de Yahualica para 2026 que establecían un cobro de poco más de 28 mil pesos anuales por cada unidad de antenas de radio, telefonía celular, televisión y comunicación, al considerar que el municipio rebasó sus facultades.

El fallo deriva de la controversia constitucional 191/2026, promovida por el Poder Ejecutivo Federal. El Pleno de la Corte resolvió el asunto el 29 de junio y la sentencia se publicó este 12 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué decía la Ley de Ingresos de Yahualica?

El artículo 26 contemplaba cuotas por licencias de construcción, reconstrucción, ampliación y demolición. En ese apartado, la legislación incluyó el cobro por antenas en distintas categorías de desarrollo urbano, desde fraccionamientos económicos y populares hasta zonas residenciales y rurales.

¿Por qué intervino la Corte?

El problema no era que el ayuntamiento cobrara por licencias de construcción, pues los municipios tienen facultades para regular las obras y el uso del suelo. La controversia surgió porque la ley establecía una cuota específica para antenas vinculadas con servicios de telecomunicaciones, materia en la que la Federación tiene competencias constitucionales.

Además, la disposición no delimitaba con suficiente claridad su alcance, lo que podía generar dudas sobre qué tipo de antenas estaban sujetas al pago.

Por estas razones, la SCJN invalidó las porciones del artículo 26 relacionadas con los conceptos y las cuotas impugnadas.

¿Qué cambia con la resolución?

El ayuntamiento no podrá exigir el cobro invalidado con fundamento en esas disposiciones. Sin embargo, la decisión no elimina sus facultades para regular las construcciones ni exime a las antenas de cumplir con los permisos correspondientes.

El límite es que el municipio de Yahualica deberá ejercer sus atribuciones urbanísticas sin invadir las competencias federales en materia de telecomunicaciones.




Judith Ferrer
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Categorías: Político

Tags: Yahualica, Ley de Ingresos de Yahualica, SCJN,

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