Tras muerte de estudiante exigen 25 mdp; advierten riesgo de que daño moral se discuta fuera del proceso penal

21 de Septiembre del 2026

Tras muerte de estudiante exigen 25 mdp; advierten riesgo de que daño moral se discuta fuera del proceso penal

PACHUCA. – La familia de Karla, la estudiante de la Universidad Tecnológica de la Sierra Hidalguense (UTSH), quien murió tras ser atropellada por un conductor en estado de ebriedad, exige una reparación de 25 millones de pesos por daño moral.

 

En conferencia de prensa, David Ramírez, asesor jurídico de las víctimas, señaló que existe el riesgo de que el juez Pablo Marcelo Coiffer Martínez, encargado de la causa penal 19/2026 por homicidio, no considere el daño moral dentro del proceso penal.

 

Dicha situación que obligaría a los familiares a iniciar un procedimiento por otra vía civil para reclamar lo correspondiente. No obstante, el abogado argumentó que la Ley General de Víctimas no establece una distinción que obligue a llevar el daño moral exclusivamente por la materia civil.

 

“Si no abordamos el daño moral en esta discusión, en este litigio, esta persona simple y sencillamente en la siguiente audiencia va a obtener su libertad. ¿Por qué?, pues porque él prácticamente ya dice: ‘Aquí están las 5 mil UMAs que cuesta su familiar, aquí está lo que se gastaron con la terapia psicológica, aquí está lo que pagaron por transporte y de lo demás ya no me interesa’. Y como el juez sostiene que ese daño moral es una cuestión civil, pues ya tampoco lo podemos debatir”, refirió.

 

Respecto a los 25 millones de pesos, Ramírez explicó que el monto considera que Karla era estudiante universitaria con expectativas personales y profesionales. Además, hay otro concepto por reparación del daño, cuyo monto está tabulado en 700 mil pesos, cantidad que no incluye el daño moral.

 

La audiencia intermedia está programada para el 23 de septiembre, en la cual, la defensa del imputado podría plantear una salida alterna al proceso para evitar llegar hasta el juicio oral y con ello, obtener su libertad.

 

Asimismo, recordó que el Ministerio Público planteó la hipótesis de dolo eventual, pero que el imputado permanece bajo la clasificación de homicidio culposo simple. Esta diferencia, dijo el asesor, implicaría una pena menor.

 

Finalmente, mencionó que existen elementos como el estado de ebriedad del conductor, la velocidad de la camioneta y la presencia de peatones en una zona cercana a la universidad, así como una clínica y otros establecimientos que deben considerarse para determinar la responsabilidad penal.




Redacción Plétora Lex
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Categorías: Jurídica

Tags: Universidad tecnológica de la sierra hidalguense, juez Pablo Marcelo Coiffer Martínez,

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