Una de cada 10 personas LGBTI+ fue forzada a "terapias de conversión"

21 de Julio del 2026

Una de cada 10 personas LGBTI+ fue forzada a "terapias de conversión"

PACHUCA. Antes de que el Congreso de Hidalgo reformara el Código Penal para sancionar las denominadas "terapias de conversión", en la entidad ya se habían detectado tres casos de estas prácticas.

 

A ello se suma que una de cada 10 personas de 15 años y más con orientación sexual LGBTI+ afirmó que, al enterarse sus padres de su orientación, fue obligada a acudir con un psicólogo, médico, autoridad religiosa u otra persona o institución con el propósito de "corregirla".

 

Las cifras forman parte de la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) 2021 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), que indican que en el país existen 4.6 millones de personas con dicha orientación.

 

Entre esta población, el 9.8 por ciento señaló haber sido forzada por alguno de sus padres a someterse a algún tipo de intervención para modificar su orientación sexual.

 

La proporción es mayor entre la población trans, pues el 13.9 por ciento reportó que alguno de sus padres intentó "corregir" su identidad de género mediante este tipo de prácticas.

 

La encuesta también documentó las reacciones familiares tras conocer la orientación sexual o identidad de género de sus hijas e hijos.

 

Mientras 88.6 por ciento de las personas LGB+ y 83.5 por ciento de las personas Trans+ dijeron haber recibido aceptación, respeto o respaldo de alguno de sus padres, entre 16 y 22 por ciento manifestó haber enfrentado reacciones como enojo, agresiones, ofensas, el retiro de la comunicación o incluso ser expulsadas de su hogar.

 

En Hidalgo, el director de Diversidad Sexual, Luis Ángel Tenorio Cruz, informó previamente que entre diciembre de 2024 y mayo de 2025 fueron detectados tres casos de terapias de conversión: dos en la región Tula-Tepeji y uno más en el Altiplano.

 

Explicó que estas prácticas suelen realizarse en lugares clandestinos o anexos sin autorización ni regulación.

 

Recientemente el pleno del Congreso local aprobó reformas al Código Penal del Estado para incorporar un nuevo capítulo que sanciona las llamadas terapias de conversión, definidas como prácticas dirigidas a modificar, reprimir o cambiar la orientación sexoafectiva, la identidad o la expresión de género mediante actos de violencia.

 

La reforma establece penas de uno a tres años de prisión y multas para quien incurra en estas conductas, con agravantes cuando las víctimas sean menores de edad, personas adultas mayores, personas con discapacidad o cuando participe un servidor público.

 

La legislación estatal se suma a la ya aprobada por el Senado de la República en octubre de 2022, mediante la cual se incorporaron al Código Penal Federal los delitos contra la orientación o la identidad de género de las personas para sancionar los Esfuerzos por Corregir o Reprimir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG).   




Plétora Lex
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Categorías: Jurídica

Tags: Pachuca, Código Penal, Terapias de conversión, Hidalgo, LGBTIQ+,